martes, 13 de mayo de 2025

ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVENCIA

 ESTIMADA FAMILIAS:  les recordamos la plena vigencia del acuerdo escolar de convivencia , el cual aceptaron y firmaron al momento de la inscripción o reinscripción en este establecimiento educativo .

                                            Desde febrero a abril , tal cual se informo en diferentes reuniones , se a trabajado en forma de diálogos , llamados de atención y a la reflexión sobre diferentes ítem que son trasgredidos por el alumnado.

                                            Por ello y ante la continua trasgresiones , es que solicitamos refrescar en familia las normas de convivencia del colegio , dado que a partir de mayo comenzaremos a realizar los protocolos establecidos.

        Los acuerdos escolares de convivencia están basados por la normativa Régimen Académico Para La Educación Secundaria Obligatoria 075/14, del cual se desprende el inciso 159, que a continuación se describe en:

El respeto por las normas y la sanción de sus transgresiones como parte de la enseñanza socializadora de la institución de Educación Secundaria y de su calidad como espacio público regulado por el estado.

El respeto irrestricto a la dignidad e intimidad de las personas.

La utilización del diálogo como metodología para la identificación y resolución de los problemas de convivencia.

El rechazo explícito a toda forma de discriminación, hostigamiento, violencia y exclusión en las interacciones diarias.

 El respeto por los valores, creencias e identidades culturales de todos.

 El cuidado del edificio escolar, su equipamiento y materiales de uso común.

El análisis y reflexión sobre las situaciones conflictivas que estarán basados en la profunda convicción de que los conflictos y sus modos de abordarlos constituyen una oportunidad para el aprendizaje socializador.

La contextualización de las transgresiones en las circunstancias donde acontecen según las perspectivas de los actores, antecedentes previos y otros factores que inciden en las mismas manteniendo la igualdad ante la ley

La garantía para el alumno de que se cumpla con su derecho de ser escuchado y formular su descargo.

La valoración primordial del sentido pedagógico de la sanción

Reconocimiento y /o reparación del daño y ofensas a personas y/o bienes de la institución educación secundaria o miembros de la comunidad educativa por parte de la persona y/o grupos responsables

  Toda la comunidad educativa adhiere a una convivencia pacífica, de respeto hacia y entre los miembros, por lo cual todo acto de agresión, discriminación, violencia, no será tolerado.

En el Punto  3.6  se establecen los Procedimiento ante el no cumplimiento de las normas.

a-               Guardapolvo, Uniforme:

·    Convocar a la reflexión al estudiante respecto a la obligatoriedad del uso del mismo, (por parte del preceptor o tutor)

·        Notificación a través del cuaderno de comunicación/acta.

·        Segunda notificación a través del cuaderno de comunicaciones/acta.

·        Llamado al padre, madre, tutor o encargado.

b-               Cuaderno de comunicaciones:

·       Dialogar con el estudiante respecto a la necesidad de traer consigo el cuaderno de comunicación, como medio básico de comunicación escuela – familia, ello por parte del preceptor o tutor.

·        En caso de incumplimiento se llamará telefónicamente a los padres, sobre todo si son menores.

c-               Llegadas tardes:

·        Luego del izamiento, hasta las 8:00 hs y en el turno tarde 14 20 hs los porteros recepcionaran cuaderno de comunicaciones para enviar notificaciones a los padres.

         Luego de las 8:00 hs, el preceptor colocará en el cuaderno de comunicaciones el horario de ingreso del estudiante y llamará telefónicamente a los padres para informales.

Consumo de ingesta de alimentos y bebidas en horas de clase:

  1. El permiso estará regulado por el docente de cada espacio curricular
  2. No se permitirá la salida de los estudiantes durante las horas de clases a buscar insumos (yerba, galletitas u otros alimentos)
  3. En el caso que se realicen dichas salidas, se procederá a sancionar con lo estipulado, léase 2 amonestaciones por espacio curricular, y respectivamente al docente. -
  4. En el caso de autorizarse por el docente se deberá mantener el aula en condiciones saludables e higiénicas óptimas.

 Utilización de elementos electrónicos en instancias no autorizadas:

1.   Se dialogará con el estudiante llamándolo a la reflexión respecto a lo realizado. Seguidamente se llamará a los padres para dar aviso de lo acontecido y del diálogo mantenido con el estudiante. Se dejará registro en acta de lo realizado y se les advertirá las consecuencias de repetirse el hecho.

2.      Ante el reitero de la infracción, se procederá a sancionarlos con 3 (tres) amonestaciones cada vez que se incurra en el incumplimiento de la prohibición y/o medidas reparatorias

3.     sacar o realizar  Fotos y filmaciones., sin autorización de los involucrados


El Alumnado: en AEC nos dice que el  Decreto 965/61, art.90 establece sus deberes y el art.91 está prohibido a los alumnos, en el punto 3. 5 del presente AEC institucional , establece las normas de convivencia y en los apartados A.     Deberes- Obligaciones y el item B- Derechos: los presentes derechos se desprenden de la convención de los “Derecho del Niño”.

Esperamos contar con su ayuda ,en la formación de hábitos sanos de convivencia , en el respeto a las normas y a los buenos valores .-


saludos cordiales .-