ESTIMADA FAMILIAS: les recordamos la plena vigencia del acuerdo escolar de convivencia , el cual aceptaron y firmaron al momento de la inscripción o reinscripción en este establecimiento educativo .
Desde febrero a abril , tal cual se informo en diferentes reuniones , se a trabajado en forma de diálogos , llamados de atención y a la reflexión sobre diferentes ítem que son trasgredidos por el alumnado.
Por ello y ante la continua trasgresiones , es que solicitamos refrescar en familia las normas de convivencia del colegio , dado que a partir de mayo comenzaremos a realizar los protocolos establecidos.
Los acuerdos escolares de convivencia están basados por la normativa Régimen Académico Para La Educación Secundaria Obligatoria 075/14, del cual se desprende el inciso 159, que a continuación se describe en:
El respeto por las normas y la sanción de sus transgresiones como parte de la enseñanza socializadora de la institución de Educación Secundaria y de su calidad como espacio público regulado por el estado.
El respeto irrestricto a la dignidad e intimidad de las personas.
La utilización del diálogo como metodología para
la identificación y resolución de los problemas de convivencia.
El rechazo explícito a toda forma de
discriminación, hostigamiento, violencia y exclusión en las interacciones
diarias.
El respeto por los valores, creencias e
identidades culturales de todos.
El cuidado del edificio escolar, su equipamiento
y materiales de uso común.
El análisis y reflexión sobre las situaciones conflictivas que estarán basados en la profunda convicción de que los conflictos y sus modos de abordarlos constituyen una oportunidad para el aprendizaje socializador.
La contextualización de las transgresiones en las circunstancias donde acontecen según las perspectivas de los actores, antecedentes previos y otros factores que inciden en las mismas manteniendo la igualdad ante la ley
La garantía para el alumno de que se cumpla con su derecho de ser escuchado y formular su descargo.
La valoración primordial del sentido pedagógico
de la sanción
Reconocimiento y /o reparación del daño y
ofensas a personas y/o bienes de la institución educación secundaria o miembros
de la comunidad educativa por parte de la persona y/o grupos responsables
En el Punto 3.6 se establecen los Procedimiento ante el no cumplimiento de las normas.
a-
Guardapolvo, Uniforme:
· Convocar a la reflexión al estudiante respecto a la obligatoriedad
del uso del mismo, (por parte del preceptor o tutor)
·
Notificación a través del cuaderno de comunicación/acta.
·
Segunda notificación a través del cuaderno de comunicaciones/acta.
·
Llamado al padre, madre, tutor o encargado.
b-
Cuaderno de comunicaciones:
· Dialogar con el estudiante respecto a la necesidad de traer
consigo el cuaderno de comunicación, como medio básico de comunicación escuela
– familia, ello por parte del preceptor o tutor.
·
En caso de incumplimiento se llamará telefónicamente a los padres,
sobre todo si son menores.
c-
Llegadas tardes:
· Luego del izamiento, hasta las 8:00 hs y en el turno tarde 14 20 hs los porteros recepcionaran cuaderno de comunicaciones para enviar notificaciones a los padres.
Luego de las 8:00 hs, el preceptor colocará en el cuaderno de comunicaciones el horario de ingreso del estudiante y llamará telefónicamente a los padres para informales.
Consumo de ingesta de alimentos y bebidas en horas de clase:
- El permiso estará regulado por el docente de cada espacio curricular
- No se permitirá la salida de los estudiantes durante las horas de clases a buscar insumos (yerba, galletitas u otros alimentos)
- En el caso que se realicen dichas salidas, se procederá a sancionar con lo estipulado, léase 2 amonestaciones por espacio curricular, y respectivamente al docente. -
- En el caso de autorizarse por el docente se deberá mantener el aula en condiciones saludables e higiénicas óptimas.
1. Se dialogará con el estudiante
llamándolo a la reflexión respecto a lo realizado. Seguidamente se llamará a
los padres para dar aviso de lo acontecido y del diálogo mantenido con el
estudiante. Se dejará registro en acta de lo realizado y se les advertirá las
consecuencias de repetirse el hecho.
2. Ante el reitero de la infracción, se
procederá a sancionarlos con 3 (tres) amonestaciones cada vez que se incurra en
el incumplimiento de la prohibición y/o medidas reparatorias
3. sacar o realizar Fotos y filmaciones., sin autorización de los involucrados
El Alumnado: en AEC nos dice que el Decreto 965/61, art.90 establece sus deberes y el art.91 está prohibido a los alumnos, en el punto 3. 5 del presente AEC institucional , establece las normas de convivencia y en los apartados A. Deberes- Obligaciones y el item B- Derechos: los presentes derechos se desprenden de la convención de los “Derecho del Niño”.
Esperamos contar con su ayuda ,en la formación de hábitos sanos de convivencia , en el respeto a las normas y a los buenos valores .-
saludos cordiales .-